Certificado energético:
Con el fin de facilitar la interpretación, por parte de los consumidores, del certificado de eficiencia energética, se aprueba un distintivo común en todo el territorio nacional denominado etiqueta de eficiencia energética.
A través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
La Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. Este certificado deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios de forma que se pueda valorar y comparar su eficiencia energética, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
El Ministerio de Industria ha aprobado el Real Decreto 235/2013 para la realización del certificado de eficiencia energética.
La certificación energética es obligatoria para aquellos inmuebles en venta o alquiler a partir del 1 de junio de 2013.
Ejemplo de certificado:
Ejemplo de nuestro certificado energético de piso en edificio existente CERTIFICACION ENERGETICA DE PISO
Más información en nuestro blog de certificación energética de edificios: Blog de certificación energética de edificios.
Procedimiento:
Realizamos el informe según Real Decreto 235/2013: Acordamos y realizamos la visita al inmueble en 24 horas, con toma de datos, efectuamos levantamiento de plano y alzados, reportaje fotográfico y gestionamos el registro del certificado en Industria para la obtención de la etiqueta.
Tras la visita al inmueble, en 24 horas recibirá por correo electrónico el borrador del certificado firmado y en 48 horas recibirá la documentación sellada y la etiqueta emitida por Industria, con código de verificación.
Solicite presupuesto sin compromiso.