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Ley 1/2013 de medidas de protección, reestructuración de deuda y alquiler social

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Debido a las circunstancias motivadas por la crisis económica y financiera, en las que numerosas personas que contrataron un préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda habitual, se ven en dificultades para hacer frente a sus obligaciones, las Cortes Generales han aprobado la Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, para adoptar algunas medidas para favorecer la situación de los deudores hipotecarios, entre las que destacan:

-La suspensión de los desahucios, por un período de dos años, sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables en algunos supuestos: familia numerosa, familia monoparental con dos hijos, familia con menor de 3 años, familia con miembro con discapacidad del 33%, dependencia o incapacidad por enfermedad, deudor en desempleo con prestación por desempleo agotada, familia con violencia de género. Además deben de cumplir algunos requisitos económicos según los supuestos.

-Los intereses de demora de préstamos no podrán ser superiores a 3 veces el interés legal del dinero y sólo podrán devengarse sobre el principal pendiente de pago.

-Se refuerza la independencia de las sociedades de tasación respecto de las entidades de crédito.

-Las entidades de crédito estarán obligadas a aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, que esté certificada por un tasador homologado.

-El plazo de amortización del préstamo no podrá exceder de 30 años.

-El préstamo garantizado con la hipoteca no podrá exceder el 80%.

-En el supuesto de ejecución de vivienda habitual, las costas exigibles al deudor no podrán superar el 5% de la cantidad reclamada ejecutiva.

-Se facilita el acceso a postores a las subastas al rebajarse los requisitos impuestos para la licitación.

-El valor de tasación a efectos de subasta no podrá ser inferior al 75% del valor de tasación que sirvió para conceder el préstamo.

-Se incluye un mandato al Gobierno para emprender medidas necesarias para impulsar la constitución de un fondo social de viviendas destinadas a ofrecer cobertura a aquellas personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual por el impago de un préstamo.

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